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NOTICIA
Libro blanco de la Comisión sobre control de subvenciones extranjeras
16 de julio, 2020
El 17 de junio de 2020, la Comisión Europea ha presentado su libro blanco sobre los efectos que puedan tener en el mercado interior las subvenciones otorgadas por estados terceros a empresas que operen en la Unión.
La Comisión parte de la constatación de que, tal y como ocurre con las ayudas de estado de los estados miembros de la Unión (en principio prohibidas, y controladas por la propia Comisión), las subvenciones procedentes de países terceros pueden también provocar distorsiones de competencia en el mercado interior, por lo que es necesario tomar medidas para paliarlas. El libro blanco explora, con este objetivo, tres categorías de acciones, en el ámbito del derecho de la competencia, de la contratación pública y del comercio exterior:
1. La creación de un instrumento de identificación y control de situaciones en las que subvenciones extranjeras puedan causar distorsiones en el mercado único. Se trata este de una suerte de medida anti abuso, frente al que la autoridad de control (que podría ser la propia Comisión) podrá imponer medidas correctoras, como obligaciones de comportamiento en el mercado, o incluso estructurales. En principio, el umbral de control es relativamente bajo, equivalente al de minimis para ayudas de Estado: Se controlaría toda empresa que hubiera recibido subvenciones superiores a 200.000 EUR durante los tres años precedentes.
2. La puesta en práctica de una nueva modalidad de control de concentraciones: Las empresas que puedan financiar la adquisición de empresas europeas gracias a subsidios de terceros estados se verían obligadas a notificar la concentración a la Comisión Europea para su autorización previa. Se impondrían sanciones a las empresas que procedan a tales adquisiciones sin haberlas notificado previamente. El objetivo de esta acción es evitar que empresas europeas se conviertan en presas fáciles de actores extranjeros subvencionados por sus gobiernos.
3. La inclusión de un control de subvenciones de terceros estados en los procedimientos de contratación pública europeos. El objetivo de esta medida es evitar que concurran a mercados públicos empresas que, gracias a estas subvenciones, falseen la competencia ofreciendo precios artificialmente bajos. Si fuera el caso, la autoridad contratante podría excluir a la empresa en cuestión del procedimiento de contratación.
Medidas de exclusión similares a las de la tercera categoría podrían aplicarse a quienes pretendan financiar su actividad con fondos europeos.
La Comisión abre ahora un proceso de consulta pública, hasta el 23 de septiembre próximo. para recabar la opinión de los operadores europeos sobre sus propuestas, y poder legislar en consecuencia. El libro blanco está disponible aquí: https://ec.europa.eu/competition/international/overview/foreign_subsidies_white_paper.pdf
La Comisión parte de la constatación de que, tal y como ocurre con las ayudas de estado de los estados miembros de la Unión (en principio prohibidas, y controladas por la propia Comisión), las subvenciones procedentes de países terceros pueden también provocar distorsiones de competencia en el mercado interior, por lo que es necesario tomar medidas para paliarlas. El libro blanco explora, con este objetivo, tres categorías de acciones, en el ámbito del derecho de la competencia, de la contratación pública y del comercio exterior:
1. La creación de un instrumento de identificación y control de situaciones en las que subvenciones extranjeras puedan causar distorsiones en el mercado único. Se trata este de una suerte de medida anti abuso, frente al que la autoridad de control (que podría ser la propia Comisión) podrá imponer medidas correctoras, como obligaciones de comportamiento en el mercado, o incluso estructurales. En principio, el umbral de control es relativamente bajo, equivalente al de minimis para ayudas de Estado: Se controlaría toda empresa que hubiera recibido subvenciones superiores a 200.000 EUR durante los tres años precedentes.
2. La puesta en práctica de una nueva modalidad de control de concentraciones: Las empresas que puedan financiar la adquisición de empresas europeas gracias a subsidios de terceros estados se verían obligadas a notificar la concentración a la Comisión Europea para su autorización previa. Se impondrían sanciones a las empresas que procedan a tales adquisiciones sin haberlas notificado previamente. El objetivo de esta acción es evitar que empresas europeas se conviertan en presas fáciles de actores extranjeros subvencionados por sus gobiernos.
3. La inclusión de un control de subvenciones de terceros estados en los procedimientos de contratación pública europeos. El objetivo de esta medida es evitar que concurran a mercados públicos empresas que, gracias a estas subvenciones, falseen la competencia ofreciendo precios artificialmente bajos. Si fuera el caso, la autoridad contratante podría excluir a la empresa en cuestión del procedimiento de contratación.
Medidas de exclusión similares a las de la tercera categoría podrían aplicarse a quienes pretendan financiar su actividad con fondos europeos.
La Comisión abre ahora un proceso de consulta pública, hasta el 23 de septiembre próximo. para recabar la opinión de los operadores europeos sobre sus propuestas, y poder legislar en consecuencia. El libro blanco está disponible aquí: https://ec.europa.eu/competition/international/overview/foreign_subsidies_white_paper.pdf
Abogado mencionado
Miguel Troncoso – Socio
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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