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PUBLICACIÓN

El consentimiento del obligado tributario para la entrada en domicilio constitucionalmente protegido

icon 9 de abril, 2026

Las recientes sentencias del Tribunal Supremo de 17 de marzo de 2026 (rec. núm. 7609/2023) y 12 de marzo de 2026 (rec. núm. 8616/2023) refuerzan las garantías de los contribuyentes en materia de inviolabilidad del domicilio, al exigir que el consentimiento para la entrada inspectora en domicilio constitucionalmente protegido sea verdaderamente libre e informado, sin que baste la entrega de un anexo informativo que no advierta expresamente del derecho a negar o revocar dicho consentimiento.

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Autor/es

Rocío Arias – Counsel

Adrián Boix – Asociado Sénior

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Tipología

Litigación Tributaria

Áreas y sectores

Fiscal