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PUBLICACIÓN

Cesión del crédito y cesión de la facultad de resolver el contrato subyacente

icon 13 de julio, 2026

No hay una respuesta unitaria a la cuestión de si el cesionario de un crédito dispone o no de la facultad de resolver el contrato subyacente cuando el deudor cedido no cumple. Como regla, esta resolución no será posible para el cesionario.

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Autor/es

Ángel Carrasco – Consejero Académico

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Mercantil

Ángel Carrasco
Ángel Carrasco
Consejero Académico
Ángel Carrasco
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