LITIGACIÓN TRIBUTARIA

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    Litigación Tributaria
    Área Fiscal
    El Tribunal Supremo vuelve a pronunciarse sobre la exigencia del recargo de apremio ordinario en caso de pluralidad de responsables tributarios
    El Tribunal Supremo reitera que la deuda tributaria es única, sin que sea procedente su multiplicación, de modo que en el momento en que cualquiera de esos responsables satisface la deuda y el recargo del periodo ejecutivo, dicho pago libera y aprovecha al resto de los obligados, quienes, en caso de haber pagado indebidamente el recargo, podrán solicitar la devolución de los ingresos indebidos.
    icon 26 Nov, 2025
    icon Rocío Arias, Adrián Boix, Remedios García, Saturnina Moreno
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    Litigación Tributaria
    Área Fiscal
    La declaración de caducidad es preceptiva para la Administración en cualquier procedimiento de gestión
    El Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia en la que reitera y refuerza su jurisprudencia sobre el carácter preceptivo de la declaración expresa de caducidad de los procedimientos de gestión a los efectos del inicio de un nuevo procedimiento. En esta nueva sentencia se confirma la aplicación de este criterio también en relación con los procedimientos de control de autoliquidaciones y se detallan los efectos de la ausencia de dicha declaración de caducidad.
    icon 20 Nov, 2025
    icon Rocío Arias, Adrián Boix, Remedios García, Saturnina Moreno
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    Litigación Tributaria
    Área Fiscal
    La ampliación de las actuaciones inspectoras a raíz de información obtenida en el procedimiento en curso
    El Tribunal Central determina en esta resolución la posibilidad de que las pruebas recabadas en un procedimiento inspector, en relación con las obligaciones tributarias objeto del mismo y, por tanto, a priori de forma lícita, puedan motivar una ampliación del alcance o extensión de las de las actuaciones inspectoras y utilizarse en esas actuaciones ampliadas. Entre otras razones, el Tribunal esgrime la naturaleza única del procedimiento inspector, y el criterio del Tribunal Supremo en materia de hallazgos casuales, lo que exige ponderar las circunstancias de cada caso para concluir acerca de la licitud o ilicitud de las pruebas.
    icon 06 Nov, 2025
    icon Rocío Arias, Adrián Boix, Remedios García, Saturnina Moreno
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    Litigación Tributaria
    Área Fiscal
    Suspensión cautelar en el ámbito tributario: aclaración y matización de la doctrina jurisprudencial aplicable
    La reciente Sentencia del Tribunal Supremo del 20 de octubre del 2025 (rec. cas. núm. 6341/2023) refuerza, matiza, completa e, incluso, aclara la doctrina jurisprudencial existente referida a la suspensión cautelar en el ámbito tributario y confirma que el automatismo administrativo no es trasladable sin más a la sede jurisdiccional, pero impone que la decisión judicial que deniegue la suspensión, pese a la existencia de garantía y a la previa suspensión administrativa, esté reforzada por una motivación suficiente.
    icon 30 Oct, 2025
    icon Rocío Arias, Adrián Boix, Remedios García, Saturnina Moreno
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    Litigación Tributaria
    Área Fiscal
    Sobre la eficacia temporal de los cambios de doctrina casacional y la protección de la confianza legítima
    El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acoge el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central y entiende que el cambio de doctrina jurisprudencial en relación con la tributación de los intereses de demora abonados por la Administración no permite regularizar actuaciones tributarias de los contribuyentes realizadas al amparo y en aplicación de una primera doctrina jurisprudencial, posteriormente superada, en virtud del principio de protección de la confianza legítima.
    icon 23 Oct, 2025
    icon Rocío Arias, Adrián Boix, Remedios García, Saturnina Moreno
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    Litigación Tributaria
    Área Fiscal
    El Tribunal Supremo confirma su doctrina sobre el «doble tiro», pero rechaza un posible «tercer tiro» y la posibilidad de liquidaciones indefinidas
    El Tribunal Supremo determina que la doctrina del «doble tiro» permite a la Administración practicar una segunda liquidación en caso de anulación de la primera por motivos formales o sustantivos. Pero, anulada la segunda, no cabe, por ningún concepto o circunstancia, el dictado de un tercero o sucesivos actos administrativos en sustitución de otros anulados, aunque el segundo adolezca de cualquier vicio, formal o material. Los principios generales de buena administración y el de buena fe, entre otros, se oponen a tal posibilidad de manera absoluta.
    icon 16 Oct, 2025
    icon Rocío Arias, Adrián Boix, Remedios García, Saturnina Moreno
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