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NOTICIA
GA_P en el #TOP5 de Firmas en LinkedIn
LinkedIn es la red social preferida por los despachos de abogados, por diversos motivos, entre ellos, su carácter «marcadamente profesional y su tono moderado», con lo que, se convierte en un escenario cómodo donde firmas y abogados pueden desenvolverse y realizar una labor informativa a la par que corporativa de su día a día. «Con 740 millones de usuarios en todo el mundo, de los cuales 13 millones están en España» no es de extrañar que LinkedIn represente una oportunidad y un must dentro de la mayoría de estrategias de comunicación de los Despachos.
En palabras de Sandra Cuesta Llerandi, directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación de Gómez-Acebo & Pombo, LinkedIn no es sino «una herramienta muy útil como apoyo a la comunicación interna, para mantener a toda la firma informada y transmitir el espíritu corporativo a quienes están a distancia», pues en su caso, el contenido publicado por la Firma son, en su mayoría, apariciones en prensa, operaciones, iniciativas de negocio y pro bono, así como publicaciones de corte académico, brindando especial importancia al formato, diseño e imagen con la que lanzan sus comunicaciones. «Intentamos que sea un contenido dinámico, evitando la rigidez en el diseño de las publicaciones, con el fin de mantener la atención y diferenciarnos de otros despachos», recalca Sandra.
Puedes leer la noticia completa aquí
En palabras de Sandra Cuesta Llerandi, directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación de Gómez-Acebo & Pombo, LinkedIn no es sino «una herramienta muy útil como apoyo a la comunicación interna, para mantener a toda la firma informada y transmitir el espíritu corporativo a quienes están a distancia», pues en su caso, el contenido publicado por la Firma son, en su mayoría, apariciones en prensa, operaciones, iniciativas de negocio y pro bono, así como publicaciones de corte académico, brindando especial importancia al formato, diseño e imagen con la que lanzan sus comunicaciones. «Intentamos que sea un contenido dinámico, evitando la rigidez en el diseño de las publicaciones, con el fin de mantener la atención y diferenciarnos de otros despachos», recalca Sandra.
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Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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Contrato de edición musical, distribución de partituras y control de tirada
Se da noticia de la Sentencia del Tribunal Supremo español, Sala Primera, núm. 671/2025, de 5 de mayo (ECLI:ES:TS:2025:2104)
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¡NUEVO!
Los límites del long arm del Tribunal Unificado de Patentes en relación con España (IV): el reconocimiento y ejecución de las resoluciones del tribunal
El Tribunal Unificado de Patentes es competente ―en determinados casos y dentro de los límites que fija el Reglamento Bruselas I bis y el Convenio de Lugano― para conocer de acciones referentes a patentes europeas clásicas validadas en Estados que no son Estados contratantes del Acuerdo por el que se crea el Tribunal Unificado de Patentes. Dichas resoluciones pueden ser reconocidas y ejecutadas en esos otros países, pero existen casos en los que no procederá tan reconocimiento y ejecución.
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¡NUEVO!
La práctica de la anotación preventiva de embargo no exige acreditar la firmeza de la resolución que lo acordó
El artículo 165 del Reglamento Hipotecario, que parece contener tal requisito, debe ser interpretado a la luz de los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil que atribuyen al letrado de la Administración de Justicia la competencia para acordar el embargo y privan de eficacia suspensiva a los recursos que caben frente al correspondiente decreto. El requisito de la firmeza de la resolución judicial solo está plenamente justificado cuando se van a producir asientos definitivos, tanto de inscripción como de cancelación.
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¡NUEVO!
Acuerdos societarios conseguidos con votos inválidos
Aunque el artículo 204.3d los sitúa en el mismo plano, son muy distintas la computación errónea del voto y la computación de votos inválidos, pues la segunda requiere una ponderación judicial.
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¡NUEVO!
Doctrina jurisprudencial sobre el incumplimiento del deber de preaviso y sus consecuencias indemnizatorias en caso de denuncia unilateral de un contrato de distribución
La Sentencia del Tribunal Supremo 801/2025, de 20 de mayo, resume la doctrina jurisprudencial relativa al incumplimiento del deber de preaviso y las consecuencias indemnizatorias de dicho incumplimiento en los casos de extinción del contrato de distribución por denuncia de una de las partes
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¡NUEVO!
Los beneficios de la empresa familiar y las restricciones a su aplicación entre tíos y sobrinos
La Dirección General de Tributos vuelve a interpretar de forma restrictiva la forma en la que ha de computarse el grado de parentesco a efectos de aplicar los beneficios de la empresa familiar contemplados en el artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991 y 20.2.c. de la Ley 29/1987.
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Aplicación de tarifas no aprobadas por la Administración por parte de entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual
Se da noticia de la Sentencia del Tribunal Supremo español, Sala Primera, núm. 701/2025, de 7 de mayo (ECLI:ES:TS:2025:2118)
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¿Quién es competente en la reclamación sobre teletrabajo, el juzgado del domicilio del trabajador o el del domicilio de la empresa?
Aunque la normativa sobre trabajo a distancia considere como domicilio para determinar la autoridad laboral competente aquel que figure en el contrato de trabajo, a efectos judiciales será el demandante quien elija el Juzgado del lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandado.
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Análisis Normativo Agroalimentario, Junio 2025
Os acompañamos una nueva edición de nuestro Análisis Normativo Agroalimentario, para el mes de junio.