Volver a Actualidad
NOTICIA
GA_P en el #TOP5 de Firmas en LinkedIn
LinkedIn es la red social preferida por los despachos de abogados, por diversos motivos, entre ellos, su carácter «marcadamente profesional y su tono moderado», con lo que, se convierte en un escenario cómodo donde firmas y abogados pueden desenvolverse y realizar una labor informativa a la par que corporativa de su día a día. «Con 740 millones de usuarios en todo el mundo, de los cuales 13 millones están en España» no es de extrañar que LinkedIn represente una oportunidad y un must dentro de la mayoría de estrategias de comunicación de los Despachos.
En palabras de Sandra Cuesta Llerandi, directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación de Gómez-Acebo & Pombo, LinkedIn no es sino «una herramienta muy útil como apoyo a la comunicación interna, para mantener a toda la firma informada y transmitir el espíritu corporativo a quienes están a distancia», pues en su caso, el contenido publicado por la Firma son, en su mayoría, apariciones en prensa, operaciones, iniciativas de negocio y pro bono, así como publicaciones de corte académico, brindando especial importancia al formato, diseño e imagen con la que lanzan sus comunicaciones. «Intentamos que sea un contenido dinámico, evitando la rigidez en el diseño de las publicaciones, con el fin de mantener la atención y diferenciarnos de otros despachos», recalca Sandra.
Puedes leer la noticia completa aquí
En palabras de Sandra Cuesta Llerandi, directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación de Gómez-Acebo & Pombo, LinkedIn no es sino «una herramienta muy útil como apoyo a la comunicación interna, para mantener a toda la firma informada y transmitir el espíritu corporativo a quienes están a distancia», pues en su caso, el contenido publicado por la Firma son, en su mayoría, apariciones en prensa, operaciones, iniciativas de negocio y pro bono, así como publicaciones de corte académico, brindando especial importancia al formato, diseño e imagen con la que lanzan sus comunicaciones. «Intentamos que sea un contenido dinámico, evitando la rigidez en el diseño de las publicaciones, con el fin de mantener la atención y diferenciarnos de otros despachos», recalca Sandra.
Puedes leer la noticia completa aquí
Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
No es posible la reformulación de las cuentas anuales una vez aprobadas (SAP Barcelona de 26 de julio de 2024)
La reformulación de las cuentas anuales solo cabe en supuestos excepcionales, por riesgos que afecten de forma muy significativa a la imagen fiel, y siempre que estos hechos fueran conocidos entre la formulación y la aprobación definitiva de las cuentas anuales. Es nulo el acuerdo de aprobación de cuentas anuales cuando estas no muestran la imagen fiel del patrimonio social.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El efecto liberatorio del pago de buena fe a un deudor insolvente depende de la lex concursus
La aplicación del artículo 31.1 del RPI bis, que libera al tercero de buena de que pagó al deudor insolvente en lugar de al administrador concursal, no opera de manera automática, sino que depende de lo previsto en la ley rectora del concurso.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Desperdicio, prevención de pérdidas y cadena alimentaria: la nueva Ley 1/2025, de 1 de abril
La nueva Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario contiene novedosas regulaciones en materia de cadena alimentaria junto a múltiples reformas legales (complementarias o no).
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Derecho transitorio del artículo 231 bis de la Ley de Sociedades de Capital (operaciones intragrupo)
Ante la ausencia de regulación transitoria específica para el artículo 231 bis caben dos opciones: o bien recurrir analógicamente a la solución transitoria para el nuevo artículo 529 novedecies y, por tanto, aplicar el artículo 231 bis a todo supuesto de hecho vivo o devengado a los dos meses de la entrada en vigor de la Ley 5/2021, o bien prescindir de la analogía y recurrir simplemente al derecho transitorio común aplicable a situaciones jurídicas del tipo de las relaciones duraderas derivadas de un contrato de sociedad.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Análisis Normativo Agroalimentario, Abril 2025
Os acompañamos una nueva edición de nuestro Análisis Normativo Agroalimentario, para el mes de abril.
Litigación Tributaria
¡NUEVO!
El principio de regularización íntegra y los límites invocados por la Administración
Analizamos el principio de regularización íntegra y los límites que frente a él invoca la Administración a la luz de la doctrina más reciente del Tribunal Supremo y de los recursos de casación pendientes de resolución.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Los medios adecuados de solución de controversias como requisito de procedibilidad en los supuestos transfronterizos
La Ley 1/2025 exige como requisito de procedibilidad en el orden jurisdiccional civil que se acuda previamente a algún medio adecuado de solución de controversias. Esta condición se exige también en los conflictos transfronterizos. La delimitación de qué se entiende por tales y la referencia a que, a falta de sumisión, la norma se aplica cuando al menos una de las partes tenga su domicilio en España y la actividad negociadora se realice en territorio español, conduce a consecuencias indeseables que deberán ser superadas por la jurisprudencia.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Cinco países de la Unión Europea aún no han actualizado los criterios de tamaño de sus empresas a la normativa europea
Se da noticia de la no transposición en el plazo legalmente previsto de la Directiva delegada que actualiza los criterios de clasificación por tamaño de las microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas o grupos.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El Tribunal Supremo analiza la procedencia de intereses por la conversión de activos fiscales diferidos en créditos frente a la Hacienda Pública (DTAs)
El Tribunal Supremo interpreta el artículo 69 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para determinar si procede o no el abono de intereses de demora sobre el importe derivado de la solicitud de devolución por conversión de los activos por impuestos diferidos (DTAs) como crédito exigible frente a la Hacienda pública.