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Acreedores hipotecarios anteriores a la afección de cargas urbanísticas

icon 14 de octubre, 2020
El acreedor hipotecario anterior a la afección del artículo 19 del Real Decreto 1093/1997 queda pospuesto a la carga preferente de esta afección y de la anotación preventiva subsiguiente.

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Autor/es

Ángel Carrasco – Consejero Académico

Tipología

Análisis