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PUBLICACIÓN

Alto directivo, consejero y concurso de acreedores: teoría del vínculo sí, pero relación laboral también

icon 26 de enero, 2026

A pesar de calificar la relación como mercantil y no laboral, se reconocen cantidades indemnizatorias por extinción contractual si coinciden con las admitidas por la administración concursal y se admiten cantidades retributivas si aquélla decidió aceptar la retribución en unos meses sí y en otros no.

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Autor/es

Lourdes López – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Laboral

Mercantil

Lourdes López
Lourdes López
Consejera Académica
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Lourdes López
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Consejera Académica
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