icon
Volver a Publicaciones
PUBLICACIÓN

Compensación de créditos laborales ¿puede la empresa compensar unilateralmente?

icon 27 de junio, 2025

Si se interpone una demanda colectiva para reprochar la conducta unilateral de la empresa en la compensación de créditos salariales a través de descuento en nómina, deberá cuestionarse necesariamente la entidad de la deuda y la existencia de discrepancias cuantitativas para poder valorar si existe o no compensación legal por parte del empleador. Sólo admitiendo el carácter vencido, líquido y exigible de la deuda, procederá la compensación por parte del empleador -o del trabajador, en su caso- pero, si no se cuestiona la deuda, queda expedita la vía para la compensación de créditos salariales.

icon

Descargar documento en pdf

Autor/es

Lourdes López – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Laboral

Mercantil

Lourdes López
Lourdes López
Consejera Académica
icon icon
Lourdes López
Lourdes López
Consejera Académica
icon icon
icon
icon