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Consecuencias de la reciente modificación del Reglamento del Dominio Hidráulico en la clasificación del suelo (desclasificación de facto del suelo)

icon 25 de abril, 2017
El Real Decreto 628/2016, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, parte de un error de concepto básico al confundir ‘situación básica del suelo’ con ‘clasificación del suelo’ sin entrar a considerar que, si bien la primera es competencia estatal, la segunda es competencia plenamente autonómica, y ello produce un choque cuyas consecuencias pueden ser de gran consideración.Vaya por delante que la técnica usada por el legislador estatal es deficiente desde el momento en que no entra a considerar la distribución competencial que hace la propia Constitución. Siendo grave esta circunstancia, no lo es menos el desconocimiento que el legislador parece tener acerca de las consecuencias de sus actos, básicamente en lo que respecta a la desclasificación del suelo que va a operarse por efectos del citado decreto ni tampoco en lo que respecta a la generación de un alud de reclamaciones por las que se exijan cuantiosas indemnizaciones por la perdida de unos derechos reconocidos y patrimonializados…

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Consecuencias de la reciente modificación del Reglamento del Dominio Hidráulico en la clasificación del suelo (desclasificación de facto del suelo)

Autor/es

Jose Manuel Palau – Socio

Tipología

Análisis