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Cuentas consolidadas en grupos de empresas y despidos colectivos

icon 15 de julio, 2016
La negativa de la empresa a reconocer durante el periodo de consultas la existencia de un grupo laboral de empresas, entendiendo que cualquier solicitud en este sentido excede de la finalidad negociadora durante esta fase del despido colectivo, provoca la conformidad de los representantes de los trabajadores. Comprobada la existencia del grupo en cuestión, la falta de presencia de las entidades que conforman el grupo durante el periodo de consultas supone el desconocimiento de las cuentas consolidadas de aquél, lo que invalida el procedimiento seguido por falta de la información pertinente.1. La doctrina jurisprudencial sobre los grupos de empresa patológicos o grupo laboral de empresa se halla en constante evolución por parte de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que viene precisando algunos aspectos tales como los siguientes…

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Cuentas consolidadas en grupos de empresas y despidos colectivos

Tipología

Análisis