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De nuevo sobre el «control de transparencia» y el «control de contenido» en contratos celebrados entre no consumidores. El principio del fin de la historia

icon 10 de febrero, 2017
Cada día avanza un poco más, por falta de racionalidad de la opinión contraria, la posibilidad de que los controles de «abusividad» y «transparencia» se apliquen también en contratos entre empresarios.Nos referimos a la Sentencia del Tribunal Supremo 57/2017, de 3 de febrero, que anula de sentencia de apelación. La doctrina de la sentencia superior no es, por cierto, nueva, pero cada vez resulta más difícil mantener la racionalidad jurídica de la distinción expuesta…

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De nuevo sobre el «control de transparencia» y el «control de contenido» en contratos celebrados entre no consumidores. El principio del fin de la historia

Tipología

Análisis