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Deducción de gastos financieros en operaciones de compra de participaciones con acuerdos pre- y postadquisición

icon 16 de febrero, 2017
La Dirección General de Tributos analiza la posibilidad de deducir gastos financieros derivados de la adquisición de participaciones cuando en el contrato de adquisición se acuerda la distribución de dividendos de la entidad adquirida a la adquirente y esas cantidades se destinan a la amortización de la deuda originada por la compra.La Dirección General de Tributos, en la consulta V4487-16, de 18 de octubre del 2016, analiza, a la vista de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, la deducibilidad de los gastos financieros de una operación apalancada de adquisición de participaciones cuando, tras la compra, los préstamos de adquisición son objeto de repago inmediato con los dividendos que la sociedad adquirida preacordó abonar a la adquirente en el mismo documento de adquisición…

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Deducción de gastos financieros en operaciones de compra de participaciones con acuerdos pre- y postadquisición

Autor/es

Pilar Álvarez – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal