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Derechos de antigüedad de los trabajadores subrogados en la transmisión de empresas

icon 25 de abril, 2017
El respeto a la antigüedad de los trabajadores incorporados a una nueva empresa tras una transmisión productiva no sólo tiene repercusión en el cálculo de cuantías salariales o indemnizatorias, sino en otros conceptos. Sin embargo, la Directiva 2001/23, que garantiza el mantenimiento de los derechos laborales en tales situaciones, permite a los Estados miembros limitar el mantenimiento de los derechos «traspasados» con la transmisión al periodo de un año.1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.3 de la Directiva 2001/23, de 12 de marzo (DOUE de 22 de marzo) sobre el mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspa- sos de empresas, el cesionario deberá mantener, en los mismos términos aplicables al cedente, las condiciones de trabajo pactadas mediante Convenio Colectivo hasta la fecha de extinción o de expiración de éste o hasta la de entrada en vigor o de aplicación de otro. Los Estados miembros podrán limitar el periodo de mantenimiento de las condiciones de trabajo, pero no podrá ser inferior a un año…

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Análisis