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Desarrollo de sistemas informáticos y obligación de entregar el código fuente

icon 19 de septiembre, 2019
La sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña núm. 289/2019, de 19 de julio 2019 (Roj: SAP C 1761/2019 – ECLI: ES:APC:2019:1761) ha confirmado una sentencia de primera instancia en un asunto en el que las partes discutían si una empresa que colabora con otra en el desarrollo de un sistema informático debía entregar a la otra parte contractual los códigos fuentes de los módulos o componentes de un programa de su propiedad. En el caso estaba claro que el programador estaba obligado a entregar los códigos fuente de los subsistemas que se desarrollaban en ejecución del proyecto y que además tal compromiso se cumplió. La esencia del litigio es si debía entregar los códigos fuente de los componentes que existían con anterioridad a la relación negocial de las partes y que el programador sí aportó al proyecto como un componente del mismo.

La Audiencia Provincial, al igual que el Juzgado, destaca, entre otros extremos, una cláusula contractual en la que se establece que, si bien la propiedad intelectual del sistema de información desarrollado por ambas compañías pertenece al Imserso, cada empresa conserva la propiedad de los sistemas de software que aporte al proyecto. Según la sentencia, ello pondría de manifiesto que, aunque el demandado se obligó a aportar los componentes o módulos previos al contrato, se reservó explícitamente su propiedad, por lo que no tendría lógica que se obligara a entregar los códigos fuente.

Autor/es

Ángel García Vidal – Consejero Académico

Tipología

Actualidad Jurídica