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PUBLICACIÓN

Discriminación por razón de sexo y cálculo de la prima del contrato de seguro

icon 17 de enero, 2012
El DOUE de 13 de enero de 2012 ha publicado una Comunicación relativa a las “Directrices sobre la aplicación de la Directiva 2004/113/ CE del Consejo a los seguros, a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-236/09 (Test-Achats)” (2012/C 11/01).

La citada Directiva se refiere a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro y regula el uso de factores actuariales basados en el sexo en la prestación de seguros y servicios financieros afines. En concreto, su artículo 5, apartado primero, dispone que en todos los contratos nuevos, celebrados a partir del 21 de diciembre de 2007, el hecho de tener en cuenta el sexo como factor de cálculo de primas y prestaciones a efectos de seguros y servicios financieros afines no dará lugar a diferencias en las primas y prestaciones de las personas consideradas individualmente. Por su parte, el apartado segundo del artículo establece una serie de excepciones a la norma, al permitir que los Estados miembros autoricen diferencias proporcionadas de las primas y prestaciones de personas individuales en aquellos casos en que la consideración del sexo constituya un factor determinante de la evaluación del riesgo a partir de datos actuariales y estadísticos pertinentes y exactos.

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Análisis