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«Divorcionetas» o los divorcios a 150 euros

icon 14 de febrero, 2024
D. Romeo es un abogado en ejercicio que se dedica de manera preferente al Derecho de Familia. En el tiempo en que tuvieron lugar los hechos enjuiciados (finales de 2020 y principios de 2021) publicitaba su actividad profesional ofreciendo procesos de divorcio por un precio de 150 euros, mediante furgonetas rotuladas con esas dos referencias esenciales (tipo de procedimiento judicial y precio), conocidas como «divorcionetas», que fueron objeto de una gran atención mediática.

La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), presidida por Dña. Guillerma, mantuvo una reunión telemática con el Consejo General de la Abogacía Española en la que le comunicó que había alertado del riesgo de publicidad engañosa de los divorcios a 150 euros y manifestó la inquietud de la asociación por las campañas publicitarias en furgonetas rotuladas con precios que consideraba irrisorios. «AEAFA alerta del riesgo de publicidad engañosa de los divorcios a 150 euros».

El actor demandó considerando que las siguientes expresiones públicas de la AEAFA eran denigratorias o difamatorias.

«La AEAFA se reúne con el Consejo General de la Abogacía Española ante las campañas que serían lesivas en cuestiones económicas vitales para las familias».

— «La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) ha expresado hoy en una reunión con la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Aurelia, su alarma ante el riesgo de publicidad engañosa en las campañas de divorcios a 150 euros, grupones (sic) o furgonetas rotuladas con precios irrisorios».

— «No te juegues tu futuro y el de los que más quieres en divorcionetas. Evita accidentes».

— «Asistir como letrado a un divorcio no se limita a bajar de internet un formulario y rellenar los datos. Los abogados de Familia debemos ofrecer asesoramiento completo al cliente sobre los pros y los contras de firmar un documento».

— «Cuando sucede así, las familias corren el peligro de sufrir graves consecuencias para sus intereses y los de sus hijos, pudiendo perder derechos económicos. Por ejemplo, si no se ha solicitado en el convenido regulador la pensión compensatoria, la compensación por el trabajo en el hogar o se ha pactado determinado tipo de custodia de los hijos luego no se puede modificar en otro procedimiento posterior, o resulta muy complicado» (frase de Dña. Guillerma).

— «Los abogados somos la primera y más importante barrera de protección para evitar que un convenio regulador sea lesivo para los intereses de la ciudadanía y de sus hijos» (frase de Dña. Guillerma).

— «El abogado tiene que dar un asesoramiento integral con un consentimiento informado de cuáles son los derechos del cliente» (frase de Dña. Guillerma).

— «El abogado debe atender la documentación que ha traído el cliente, verificarla y estudiar cuáles son sus mejores posibilidades de negociación para conseguir lo que le corresponde en un procedimiento contencioso» (frase de Dña. Guillerma).

— «Desde la AEAFA estamos constatando que muchos clientes se sienten engañados con las publicidades de divorcios a 150 euros, porque posteriormente, luego esta cantidad se dispara o el servicio jurídico es deficiente. Estas publicidades de captación no garantizan que ése será el precio definitivo, salga como salga el procedimiento» (frase de Dña. Guillerma).

— «Lo anterior podría desembocar en mala praxis y responsabilidad civil».

—-«”Plataformas sin abogado», «plataformas de internet” que ofrecen servicios legales sin que finalmente se pueda constatar la intervención de un abogado, lo que supondrían (…) intrusismo profesional, además de un gran peligro para la ciudadanía».

— «Para las parejas que no tengan recursos económicos, la presidenta de la AEAFA recordó que existe la posibilidad de acudir al turno de oficio y recibir una atención profesional adecuada y con todas las garantías».

— «AEAFA ha agradecido la predisposición de la presidenta del Consejo General de la Abogacía (CGAE), Aurelia, quien informó de las medidas que está adoptando la institución ante las campañas de publicidad que denigran la profesión».

El Tribunal Supremo consideró que no se trataba de expresiones vejatorias, que nunca se identificó a nadie singularmente y que la AEAFA está amparada por la libertad de expresión, por tratarse de juicios de valor y no de imputaciones fácticas.

STS 115/2024, de 31 enero.

Autor/es

Ángel Carrasco – Consejo Académico

Tipología

Actualidad Jurídica

Áreas y sectores

Procesal y Arbitraje

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Sandra Cuesta
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Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
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