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El concepto de ‘ajuar doméstico’: exclusión de valores mobiliarios, acciones y dinero

icon 8 de junio, 2020
El Tribunal Supremo descarta la posibilidad de integrar en el concepto jurídico de ‘ajuar doméstico’ los valores mobiliarios, participaciones o acciones de sociedades mercantiles y el dinero en efectivo.

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Autor/es

Pilar Álvarez – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal