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El Convenio de Ciudad del Cabo relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil

icon 5 de mayo, 2014
La ratificación por España del Convenio de Ciudad del Cabo relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (BOE núm. 238, de 4 de octubre de 2013) supondrá la introducción de ciertas novedades en nuestro régimen de garantías.I. Ámbito de aplicación.- El Convenio es un texto de Derecho sustantivo, por lo que, dentro de su ámbito de aplicación, desplaza las soluciones de los ordenamientos internos y el juego de las normas de conflicto estatales, a menos que el propio Convenio se remita a ellas. Su texto se complementa con diversos protocolos adicionales adaptados a modalidades concretas de bienes de equipo móvil, de los que hasta la fecha sólo está en vigor el relativo a equipos aeronáuticos (otros dos, sobre material rodante de transporte ferroviario y bienes espaciales todavía no han obtenido un número suficiente de ratificaciones). La aplicación del Convenio a un tipo de bienes no se produce hasta la entrada en vigor del protocolo correspondiente, que establece también como deben aplicarse las reglas convencionales. Siendo así, la aplicación en España del Convenio sólo tendrá lugar una vez ratificado por nuestro país el protocolo en cuestión…

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El Convenio de Ciudad del Cabo relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil

Tipología

Análisis