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El debate judicial sobre la naturaleza de la actividad desarrollada por Uber y sus consecuencias

icon 24 de noviembre, 2015
1. Introducción

En el contexto de la demanda presentada por la Asociación Profesional Elite Taxi (asociación sin ánimo de lucro que persigue erradicar la piratería y el intrusismo en el sector del taxi y dignificar la profesión) contra Uber Systems Spain (empresa prestadora de servicios en el sector de la economía colaborativa) por actos de competencia desleal, el Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los términos que se exponen a continuación (DOCE 4 de noviembre del 2015).2. ¿Cuál es la naturaleza jurídica del servicio prestado por Uber?

La primera de las cuestiones planteadas se centra en determinar la naturaleza jurídica del servicio prestado por Uber. A estos efectos, hay que señalar que la actividad desarrollada por Uber consiste en un servicio remunerado de intermediación entre el titular de un vehículo y la persona que necesita desplazarse en una ciudad. Para llevar a cabo la citada actividad, Uber dispone de una serie de medios informáticos (fundamentalmente interfaz y aplicación de software) que permiten la conexión entre las personas mencionadas con anterioridad.

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El debate judicial sobre la naturaleza de la actividad desarrollada por Uber y sus consecuencias

Tipología

Análisis