PUBLICACIÓN
El efecto de la prescripción en la reconvención laboral
15 de julio, 2014
A) EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA RECONVENCIÓN LABORAL
1. Como en la Ley de Procedimiento Laboral, la Ley 36/11, 10 oct., BOE, 11 Reguladora de la Jurisdicción Social alude a la reconvención en tres preceptos. El art. 25.2, admitiendo que el actor pueda acumular en su demanda cuantas acciones le competan contra el demandado, siempre que se tramiten ante el mismo juzgado o tribunal y, en los mismos términos, podrá el demandado reconvenir. El art. 192.1 para determinar que si fuesen varios los demandantes o algún demandado reconviniese, la cuantía litigiosa a efectos de la procedencia o no del recurso la determinará la reclamación cuantitativa mayor sin intereses de recargo de mora. Y, fundamentalmente, en el art. 85.3 para señalar que únicamente podrá formular reconvención el demandado cuando la hubiese anunciado en la conciliación previa al proceso o en la contestación a la reclamación previa o resolución que agote la vía administrativa y hubiese expresado en esencia los hechos en que se funda y la petición en que se concreta. No se admitirá la reconvención si el órgano judicial no es competente, si la acción que se ejercita ha de ventilarse en modalidad procesal distinta y la acción no fuera acumulable y cuando no exista conexión entre sus pretensiones y las que sean objeto de la demanda principal.2. Mas, como también indica el art. 85.3 de la mencionada norma, no será necesaria reconvención para alegar compensación de deudas, siempre que sean vencidas y exigibles y no se formule pretensión de condena reconvencional, y en general cuando el demandado esgrima una pretensión que tienda exclusivamente a ser absuelto de la pretensión o pretensiones objeto de la demanda principal, siendo suficiente que se alegue en la contestación a la demanda…
1. Como en la Ley de Procedimiento Laboral, la Ley 36/11, 10 oct., BOE, 11 Reguladora de la Jurisdicción Social alude a la reconvención en tres preceptos. El art. 25.2, admitiendo que el actor pueda acumular en su demanda cuantas acciones le competan contra el demandado, siempre que se tramiten ante el mismo juzgado o tribunal y, en los mismos términos, podrá el demandado reconvenir. El art. 192.1 para determinar que si fuesen varios los demandantes o algún demandado reconviniese, la cuantía litigiosa a efectos de la procedencia o no del recurso la determinará la reclamación cuantitativa mayor sin intereses de recargo de mora. Y, fundamentalmente, en el art. 85.3 para señalar que únicamente podrá formular reconvención el demandado cuando la hubiese anunciado en la conciliación previa al proceso o en la contestación a la reclamación previa o resolución que agote la vía administrativa y hubiese expresado en esencia los hechos en que se funda y la petición en que se concreta. No se admitirá la reconvención si el órgano judicial no es competente, si la acción que se ejercita ha de ventilarse en modalidad procesal distinta y la acción no fuera acumulable y cuando no exista conexión entre sus pretensiones y las que sean objeto de la demanda principal.2. Mas, como también indica el art. 85.3 de la mencionada norma, no será necesaria reconvención para alegar compensación de deudas, siempre que sean vencidas y exigibles y no se formule pretensión de condena reconvencional, y en general cuando el demandado esgrima una pretensión que tienda exclusivamente a ser absuelto de la pretensión o pretensiones objeto de la demanda principal, siendo suficiente que se alegue en la contestación a la demanda…
El efecto de la prescripción en la reconvención laboral
Tipología
Análisis
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
El inicio de la litispendencia del procedimiento arbitral previsto en el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo, aprobado por Real Decreto 713/2024, de 23 de julio
Se analiza el momento en que debe entenderse producida la litispendencia a los efectos del planteamiento en un procedimiento judicial o arbitral posterior de declinatoria por sumisión de la cuestión litigiosa a arbitraje o de la excepción de litispendencia
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Denegación de la ejecución de una sentencia española en Francia por vulneración de la libertad de expresión
El motivo de orden público por el que cabe denegar la ejecución de una sentencia dictada en un Estado miembro en otro Estado miembro al amparo de los Reglamentos de Bruselas solo puede apreciarse si se vulneran principios esenciales del Estado requerido, entre los que se sitúa la libertad de expresión
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Relevancia de la puesta en conocimiento del interesado, en su debido tiempo, del plazo de duración de las actuaciones inspectoras
El Tribunal Económico-Administrativo Central se pronuncia sobre la exigencia de la puesta en conocimiento del interesado, en tiempo debido, del plazo de duración de las actuaciones inspectoras y las consecuencias derivadas de la falta de cumplimiento de dicha exigencia por parte de la Inspección.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Sobre la competencia para conocer de una demanda sobre sustitución del consentimiento
La competencia para conocer de una demanda sobre sustitución del consentimiento que es incidental en un procedimiento en el que una de las partes actúa en el ejercicio de sus prerrogativas emanadas del ejercicio del poder público no se determina en aplicación del Reglamento 1215/2012.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula las zonas de bajas emisiones: las medidas restrictivas requieren una ponderación adecuada y una motivación suficiente
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado las restricciones introducidas en las zonas de bajas emisiones en la ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Madrid por falta de una adecuada ponderación y motivación de las medidas y de un análisis de posibles alternativas menos gravosas.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Modificación del Estatuto del TJUE: el TGUE asume las cuestiones prejudiciales en materias como el IVA o los Impuestos especiales
El Reglamento (UE, Euratom) 2024/2019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, ha modificado el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que afecta a sus dos órganos jurisdiccionales y a materias de carácter fiscal, introduciendo novedades enfocadas, en especial, a reducir el volumen de trabajo del Tribunal de Justicia.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Dos cuestiones sobre el nuevo procedimiento arbitral previsto en el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo, aprobado por Real Decreto 713/2024, de 23 de julio
Se analiza la posibilidad de formular reconvención y de que el consumidor modifique o amplíe la pretensión que formuló en la solicitud inicial.
Hace 2 días
PUBLICACIÓN
La Comisión Europea inicia el procedimiento de infracción contra España por no transposición de la Directiva sobre el «Informe de Sostenibilidad» (CSRD)
España no ha incorporado a su Derecho interno la Directiva 2022/2464 a fecha 6 de julio de 2024, por lo que la Comisión Europea ha iniciado el pertinente procedimiento de infracción
Hace 2 días