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«El mejor equipo de abogados expertos»: No es exageración, sino publicidad de tono excluyente

icon 16 de noviembre, 2020
En su Resolución de 7 de septiembre de 2020, el Pleno del Jurado ha entendido que, en el caso concreto, las alegaciones publicitarias «el mejor servicio y los mejores resultados en los distintos sectores donde operamos» y «el mejor equipo de abogados expertos» no son exageraciones publicitarias, sino alegaciones de tono excluyente, «en la medida en que a través de las mismas el anunciante pretende trasladar una posición de supremacía consistente en contar con los mejores abogados, ofrecer los mejores servicios y obtener los mejores resultados, particularmente en el ámbito de reclamaciones colectivas de daños derivados de ilícitos de competencia».

Sobre base, y aunque la publicidad de tono excluyente es lícita siempre que el anunciante pruebe su posición de preeminencia, en el caso concreto el Jurado entiende que no se ha producido tal prueba. El Pleno, al igual que la Sección, considera que «aun cuando se aceptara que la entidad anunciante cuenta con una larga experiencia, colabora con una firma de más de 20 años de experiencia, ofrece garantías en materia de costas, ha sido contratada por más de 1700 ganaderos, establece plazos para poder interrumpir la prescripción con garantías, no exige anticipos y facilita medios óptimos para la gestión del encargo, no se alcanza a ver una conexión directa entre estas circunstancias, la cualificación profesional de los abogados que prestan servicios en la firma, y el nivel de resultados alcanzados por estos, hasta el punto de que, simplemente por aquellas circunstancias, se pueda afirmar con rotundidad, como se hace en la publicidad que nos ocupa, que la firma cuenta con los mejores abogados (particularmente en el ámbito de las reclamaciones de daños por ilícitos competitivos) y ofrece los mejores resultados».

Autor/es

Ángel García Vidal – Consejo Académico

Tipología

Actualidad Jurídica