PUBLICACIÓN
El nuevo Real Decreto por el que se regula el sistema de precios de referencia y de agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud
5 de mayo, 2014
Se exponen en este Documento algunos de los rasgos esenciales del reciente Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de precios de referencia y de agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y determinados sistemas de información en materia de financiación y precios de los medicamentos y productos sanitarios. En particular, se atiende en especial a las implicaciones del RD para el Derecho represor de la competencia desleal y para el Derecho de la propiedad industrial.1. PRELIMINAR
El BOE de 25 de marzo de 2014 ha publicado el Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo, en el que como se recoge en su art. 1- se regulan tres grandes cuestiones: a) el sistema de precios de referencia de medicamentos, de aplicación a los medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud; b) el sistema de agrupaciones homogéneas de medicamentos, de aplicación a los medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del SNS que sean dispensables mediante receta u orden de dispensación oficiales en oficina de farmacia; y c) determinados sistemas de información en materia de financiación y precios de medicamentos y productos sanitarios en el SNS…
El BOE de 25 de marzo de 2014 ha publicado el Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo, en el que como se recoge en su art. 1- se regulan tres grandes cuestiones: a) el sistema de precios de referencia de medicamentos, de aplicación a los medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud; b) el sistema de agrupaciones homogéneas de medicamentos, de aplicación a los medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del SNS que sean dispensables mediante receta u orden de dispensación oficiales en oficina de farmacia; y c) determinados sistemas de información en materia de financiación y precios de medicamentos y productos sanitarios en el SNS…
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Análisis
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
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Gómez-Acebo & Pombo
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Los profesionales de la abogacía, en concreto, los que son mutualistas alternativos a la Seguridad Social, demandan pensiones dignas y reclaman un tránsito al sistema de la Seguridad Social desde la mutualidad para acceder, al menos, a la pensión mínima del sistema público.
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Impuesto Especial sobre Hidrocarburos: el Tribunal Supremo se pronuncia sobre la exención del gas natural destinado a la producción y cogeneración de electricidad
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