PUBLICACIÓN

El precio del «honor» de la empresa ante denuncias infundadas del trabajador en portales de internet o en redes sociales

icon 18 de septiembre, 2024

La empresa deberá ser indemnizada por vulneración del derecho al honor cuando el trabajador incluya afirmaciones o expresiones peyorativas en internet o en redes sociales que afecten a la probidad o ética en el desempeño de la actividad empresarial, siendo la cantidad proporcional al daño moral sufrido.

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Autor/es

Lourdes López – Consejo Académico

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Sostenibilidad

Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
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