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Empresa municipal con capital social único del Ayuntamiento. Inexistencia de grupo de empresas a efectos de despido colectivo

icon 19 de septiembre, 2017
El incumplimiento de tal requisito obligará a calificar el despido de nulo. Mas, cuando la empresa dispone de medios propios para realizar la encomienda de gestión efectuada por el Ayuntamiento, no existe tal cesión ilegal de trabajadores y, por ende, no se entiende que aquél deba tener responsabilidad alguna en el despido colectivo de los trabajadores de la empresa municipal cuando decide disolver esta última.

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Empresa municipal con capital social único del Ayuntamiento. Inexistencia de grupo de empresas a efectos de despido colectivo

Autor/es

Lourdes López – Consejera Académica

Tipología

Análisis