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Es limitativa la cláusula que establece un baremo indemnizatorio para el caso de invalidez y debe ser expresamente aceptada por el asegurado también en los seguros colectivos

icon 21 de noviembre, 2016
Dos sentencias del Tribunal Supremo del 14 de septiembre del 2016 analizan dos supuestos análogos sobre la determinación de sendas indemnizaciones por invalidez como consecuencia de accidentes de circulación y la calificación como limitativa de la cláusula que establece la cuantía indemnizatoria según el grado declarado.En la Sentencia núm. 541/2016, un protésico dental sufrió un accidente de circulación que le produjo lesiones que implicaron la declaración de invalidez permanente total para su profesión por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. El afectado reclamó la indemnización prevista en el seguro de accidentes colectivo que su colegio profesional tenía suscrito. En la Sentencia núm. 543/2016 la relación fáctica es similar, pero se trata de un seguro de accidentes individual contratado por la mujer afectada…

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Análisis