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Falta de legitimación pasiva del distribuidor para soportar las acciones por competencia desleal fundadas en la presentación del producto: Mercadona y la horchata Hacendado

icon 4 de marzo, 2022
Un productor y vendedor de horchata natural fabricada artesanalmente entabla una demanda por competencia desleal frente a un competidor por el uso del término «fresca» y «horchata pasterizada» en el etiquetado, empaquetado o presentación de la horchata pasterizada envasada. El Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, en su Sentencia de 9 de diciembre de 2021 (JUR 202247988) desestima la demanda.

La sentencia es especialmente interesante por las consideraciones que realiza para negar la legitimación pasiva para soportar las acciones por competencia desleal de la cadena de supermercados en la que se vende la horchata objeto de la demanda. Según la sentencia, «en términos de autoría («cualquier persona que haya realizado u ordenado la conducta desleal» como noción legal de imputación en el art. 34.1 LCD), eso no convierte a Mercadona en productora de esa horchata, ni en responsable de su caracterización comercial y, particularmente, del tratamiento de su identificación alimentaria en su etiquetado con arreglo a la legislación específica». Además, «en particular, en ausencia de una construcción mínima y específica en la demanda, el extremo de que Mercadona pueda participar a título lucrativo de la comercialización de la «Horchata fresca Hacendado» como distribuidora, se explica por las relaciones de licencia de marca y distribución, pero no por la eventual comisión de un acto de competencia desleal como copartícipe o cooperadora».

Autor/es

Ángel García Vidal – Consejo Académico

Tipología

Actualidad Jurídica