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Insolvencia empresarial e indemnización por traslado del trabajador. Responsabilidad del fondo de garantía salarial

icon 5 de julio, 2018
Todos los supuestos de extinción en que ésta es adoptada por voluntad del trabajador, pero derivada de una decisión unilateral de la empresa, han de tener el mismo tratamiento por parte de los Estados miembros. Así lo señala el Tribunal de de Justicia en un reciente pronunciamiento en el que resuelve una cuestión cuya trascendencia práctica desborda el supuesto planteado específicamente. Y no tanto por aportar una nueva interpretación relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario, sino por la conclusión alcanzada, con la que se amplía el ámbito de garantías que el Estado miembro debe otorgar en estos supuestos.

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Autor/es

Lourdes López – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Laboral