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Know how, franquicia, restitución por resolución del contrato

icon 29 de mayo, 2025

Una reflexión sobre cómo la singularidad del know how puede hacer ineficientes los contratos de franquicia

A propósito de la reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 17.ª 51/2025, de 27 de enero de 2025, ¿cómo se puede articular la restitución del know how al franquiciante cuando éste o el franquiciado han resuelto el contrato por incumplimiento de la otra parte?

La dificultad que plantea esta restitución puede ser una explicación de por qué el franquiciante normalmente no encuentra incentivos para transmitir al franquiciado auténtico know how, lo que,en definitiva, conduce al resultado de que el intercambio de prestaciones que se produce entre las partes de un contrato de franquicia sea normalmente subóptimo desde el punto de vista de la eficiencia contractual, y, por rebote, que el franquiciante esté normalmente expuesto a acciones resolutorias por parte del franquiciado, cuando el negocio no funciona, sobre la base de que el origen del fracaso se halla en la defectuosa prestación del principal. La sentencia aquí referenciada trata sólo de una parte de estos problemas, en concreto el defectuoso cumplimiento en general del franquiciante en relación con la política de transmisión de know how. Pero no trata de la restitución de este bien inmaterial, en la medida en que existiera, al franquiciante. De hecho, no me consta que haya precedentes sobre este asunto.

Autor/es

Ángel Carrasco – Consejero Académico

Tipología

Actualidad Jurídica

Áreas y sectores

Mercantil

Ángel Carrasco
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Consejero Académico
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