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PUBLICACIÓN

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia publica la relación de los operadores principales y dominantes en el sector energético

icon 14 de enero, 2025

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado las resoluciones por las que se establecen y hacen públicas las relaciones de operadores principales y operadores dominantes en el sector energético de acuerdo con los datos relativos al año 2023 que obran en poder de esta Comisión: OPD/DE/001/24 (BOE, 27/12/2024) y OPD/DE/002/24(BOE, 02/01/2025).

1.- Operadores principales

Según el artículo 34 del Real Decreto-Ley 6/2000, se entenderá por operador principal aquel que ostente una de las cinco mayores cuotas del mercado o sector correspondiente. Esta norma establece determinadas limitaciones para las personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente, participen en el capital o en los derechos de voto de dos o más sociedades que tengan la condición de operador principal en un mismo mercado o sector, en una proporción igual o superior al 3 % del total. Dicha limitación también aplica en caso de participación de un operador principal en otro operador principal en un mismo mercado o sector.

Principalmente, la normativa dispone que las personas físicas o jurídicas a las que se les imputen las limitaciones anteriores han de comunicar a la CNMC la sociedad (operador principal) respecto de la que se pretenda ejercer los derechos de voto y/o designar miembros del órgano de administración sin restricción alguna. Para actuar sin restricciones en más de un operador principal del mismo mercado, se ha de solicitar y obtener autorización previa otorgada por la CNMC, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2000.

Asimismo, los operadores principales habrán de cumplir con las disposiciones normativas vinculadas a esta figura, como son, actualmente, las establecidas en materia de representación de instalaciones de producción en el mercado eléctrico, las relativas a la participación en mecanismos de mercado para la asignación de energía infra marginal gestionable y no emisora.

Los operadores principales, para cada uno de los sectores considerados, son los siguientes:

SETOR ELÉCTRICO:

  • Endesa, S.A.
  •  Iberdrola, S.A.
  •  Naturgy Energy Group, S.A.
  •  Acciona, S.A.
  •  EDP Energías de Portugal, S.A. (Se integra en la relación de operadores principales atendiendo a su condición de matriz del GRUPO EDP, ostentando el control sobre las sociedades EDP ESPAÑA, S.A.U. y EDP RENOVÁVEIS, S.A., que desarrollan su actividad en territorio nacional).
  • Naturgy Energy Group, S.A.
  • Endesa, S.A.
  • Repsol, S.A.
  • Iberdrola, S.A.
  • Axpo Iberia, S.L.

SECTOR DEL GAS NATURAL:

  • Repsol, S.A.
  • Compañía Española de Petróleos, S.A.
  • BP España, S.A.U.
  • Petronieves, S.L.
  • Gunvor Group LTD (Se integra en la relación de operadores principales atendiendo a su condición de matriz del GRUPO GUNVOR, ostentando el control sobre las sociedades GUNVOR INTERNATIONAL BV y su participada GUNVOR MARKETING ESPAÑA, S.L., GUNVOR ESPAÑA, S.L. y GUNVOR BIODIESEL BERANTEVILLA, S.L. que desarrollan su actividad como operadores al por mayor de productos petrolíferos en territorio nacional).

SECTOR DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO:

  • Repsol, S.A.
  • Compañía Española de Petróleos, S.A.
  • BP España, S.A.U.
  • Disa Corporación Petrolífera, S.A.
  • Naturgy Energy Group, S.A.

2.- Operadores dominantes

Con respecto a la figura del operador dominante, la Disposición Adicional tercera del Real Decreto-ley 6/2000 establece que tendrá tal condición la empresa o grupo empresarial que tenga una cuota de mercado superior al 10 %.

Los operadores dominantes habrán de cumplir con las obligaciones derivadas de dicha condición, recogidas en las normas correspondientes, tales como su participación en mecanismos de mercado para la asignación de energía infra marginal gestionable y no emisora, en materia de representación de instalaciones de producción en el mercado eléctrico y en relación con la liquidez del mercado de gas.

Atendiendo a que las medidas limitativas para el sector eléctrico se adoptan, en general, por tipo de actividad, para este sector los operadores dominantes se establecen de forma diferenciada por actividad.

Los operadores dominantes, para cada uno de los sectores considerados, son los siguientes:

ACTIVIDAD TOTALACTIVIDAD DE GENERACIÓN DE ELECTRICIDADACTIVIDAD DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD
Grupo EndesaGrupo IberdrolaGrupo Endesa
Grupo IberdrolaGrupo EndesaGrupo Iberdrola
Grupo EdpGrupo NaturgyGrupo Edp
Grupo Edp

    OPERADORES DOMINANTES EN EL SECTOR DEL GAS NATURAL:

    •  Grupo Naturgy
    •  Grupo Endesa
    •  Grupo Repsol

    OPERADORES DOMINANTES EN EL SECTOR DE CARBURANTES:

    • Grupo Repsol
    •  Grupo Cepsa

    OPERADORES DOMINANTES EN EL SECTOR DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO:

    •  Grupo Repsol
    •  Grupo Cepsa
    Autor/es

    Ricardo Alonso – Consejero Académico

    Tipología

    Actualidad Jurídica

    Ricardo Alonso
    Ricardo Alonso
    Consejero Académico
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    Ricardo Alonso
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    Consejero Académico
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