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La entrada en vigor del sistema de suministro inmediato de información (SII): especial referencia a sus consecuencias para el sector asegurador

icon 5 de julio, 2017
El Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, estableció un nuevo sistema de gestión del impuesto del valor añadido basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales, el llamado sistema inmediato de información, cuya entrada en vigor se ha producido el 1 de julio del 2017. Interesa por ello recordar sus principales aspectos, así como hacer una referencia especial a las consecuencias que este sistema tendrá para el sector asegurador, toda vez que muchas de las operaciones de seguros no conllevan la obligación de emitir facturas.1. Principales aspectos del suministro inmediato de información (SII)

Como es sabido, el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del impuesto sobre el valor añadido (IVA), estableció un nuevo sistema de gestión de dicho tributo basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales, sistema denominado de suministro inmediato de información (SII). A estos efectos, han sido varios los preceptos modificados de diferentes normas, a saber: el Reglamento del impuesto sobre el valor añadido, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación…

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La entrada en vigor del sistema de suministro inmediato de información (SII): especial referencia a sus consecuencias para el sector asegurador

Autor/es

Pilar Álvarez – Consejo Académico

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal