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La Generalitat valenciana modifica el Plan territorial del sector comercial con cambios sustanciales en la implantación de grandes superficies comerciales en la Comunitat Valenciana

icon 9 de marzo, 2023
En fecha de 7 de marzo de 2023 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat valenciana la modificación del Plan de Acción Territorial del Sector Comercial de la Comunitat Valenciana (Patsecova) con modificaciones relevantes para la implantación de grandes superficies comerciales.

Entre las modificaciones más relevantes se encuentra el cambio en la clasificación de proyectos comerciales, que afecta a los umbrales de superficie mínima y máxima de distintos tipos de establecimientos comerciales, que quedarán ahora liberados de la autorización administrativa autonómica.

Así pues, se incrementa la superficie máxima de los establecimientos de tipo 1.III hasta 1.750 m2 de superficie comercial y se modifican los umbrales de los establecimientos de tipo 2, quedando fijados entre 1.750 m2 y 2.500 m2.

La implicación práctica de esta modificación radica en que algunos establecimientos comerciales que conforme a la anterior redacción de la norma quedaban sometidos a autorización autonómica quedan ahora liberados de esta obligación. Se trata de los establecimientos previamente categorizados bajo el tipo 2.II que no se encuentren en municipios del sistema nodal de referencia de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana y tengan una superficie inferior a 1.750 m2.

Quedan además eximidos de la autorización autonómica algunos proyectos que hasta ahora estaban sujetos a ella. En particular, aquellos que prevean implantar establecimientos fuera de la trama urbana, en zonas de riesgo de inundación (sin perjuicio de la normativa estatal en materia de dominio público hidráulico y la normativa autonómica sobre riesgo de inundación) o riesgo sísmico o de incendio forestal, así como en la franja costera del territorio de 1.000 metros a contar desde el dominio público marítimo-terrestre y en los parques empresariales y polígonos industriales.

Otra novedad de relevancia radica en que en la aprobación de nuevos instrumentos de planeamiento urbanístico municipal los ayuntamientos ya no tendrán el deber —sino únicamente, la posibilidad— de restringir la implantación de grandes superficies comerciales en las zonas declaradas como sensibles.

Finalmente, también se han adoptado algunos cambios menores en cuanto al estándar mínimo de aparcamientos necesarios en algunas tipologías de establecimientos preexistentes en supuestos de reforma y se ha reducido la superficie mínima de establecimiento a partir de la cual existe la obligación de implantar un muelle de carga (hasta los 1.000 m2).

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