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La imposición de salarios mínimos en la subcontratación vulnera la libre prestación de servicios en la Unión Europea (G.C.S.P. N.º 58)

icon 4 de noviembre, 2014
La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de septiembre de 2014, Asunto C-549/2013, ha concluido que la imposición de salarios mínimos en la subcontratación de un contrato público vulnera la libre prestación de servicios en la Unión Europea, y ello por estimar que la normativa nacional que impone como condición de adjudicación que los licitadores y subcontratistas, incluso establecidos en otro Estado miembro, se comprometan a pagar al personal que ejecute las prestaciones del contrato público un salario mínimo fijado en la ley nacional del adjudicatario, limita injustificadamente el alcance del artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.La sentencia del TJUE trae causa de una petición de decisión prejudicial cuyo objeto fue la interpretación del artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios…

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La imposición de salarios mínimos en la subcontratación vulnera la libre prestación de servicios en la Unión Europea (G.C.S.P. N.º 58)

Autor/es

Grupo de Contratos del Sector Público

Tipología

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