PUBLICACIÓN

La inminencia del nuevo tribunal administrativo central de recursos contractuales (G.C.S.P. N.º 13)

icon 20 de septiembre, 2010
La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, introdujo como novedad en nuestro ordenamiento jurídico el denominado “recurso especial en materia de contratación”, una suerte de híbrido entre los clásicos recursos de alzada y potestativo de reposición, que ofrece la notable ventaja de su efecto suspensivo sobre la adjudicación provisional de los contratos. No obstante sus ventajas, el Sector ha venido a criticar la parca regulación contenida en la norma, y ha puesto el acento sobre la desventaja que supone la resolución del recurso por el mismo órgano de contratación. Éstas y otras deficiencias son abordadas por el Anteproyecto de Ley de Modificación de las Leyes 30/2007 y 31/2007, para su adaptación a la Normativa Comunitaria, que crea un órgano independiente y específico para la resolución de estos recursos: el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

icon

La inminencia del nuevo tribunal administrativo central de recursos contractuales (G.C.S.P. N.º 13)

Autor/es

Grupo de Contratos del Sector Público

Tipología

Boletines

Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
icon
icon

Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo

icon
icon
icon
icon