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La Orden Europea de Retención de Cuentas (Reglamento 655/2014) desde la perspectiva de un proceso seguido en España

icon 10 de julio, 2014
1. Introducción

El Reglamento 655/2014 regula un procedimiento de la Unión que permite a un acreedor obtener una orden europea de retención de los activos que el deudor tenga en una cuenta bancaria abierta en un Estado miembro, con la finalidad de evitar que la transferencia o retirada de fondos, por el deudor, u otra persona por cuenta de este, hasta la cuantía especificada en la orden, ponga en peligro la ulterior ejecución de su crédito (v. art. 1).A los efectos de esta nota interesa traer a colación los siguientes contenidos del mismo:

a) Dispone su art. 5º, el acreedor podrá solicitar una orden de retención como medida cautelar (ante litem o en el curso del procedimiento) y como medida ejecutiva. Dicho con palabras del citado precepto, en estas dos situaciones: a)antes de que incoe un procedimiento en un Estado miembro contra el deudor sobre el fondo del asunto, o en cualquier fase de ese procedimiento hasta el momento en que se dicte la resolución judicial o se apruebe o concluya una transacción judicial (medida cautelar); y b)después de que haya obtenido en un Estado miembro una resolución judicial, una transacción judicial o un documento público con fuerza ejecutiva que obligue al deudor a pagar una deuda a su favor (medida ejecutiva)…

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La Orden Europea de Retención de Cuentas (Reglamento 655/2014) desde la perspectiva de un proceso seguido en España

Tipología

Análisis