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Las ejecuciones hipotecarias y el nuevo Código de Consumo de Cataluña

icon 25 de febrero, 2015
La modificación de la Ley 22/2010, del Código de Consumo de Cataluña, operada por la Ley 20/2014, de 29 de diciembre, se propone principalmente incrementar las garantías de los consumidores en la contratación de préstamos o créditos hipotecarios. En particular, se refuerzan los mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos en materia de consumo, con la finalidad de que lleguen a ser sistemas eficaces para solucionar los conflictos que se susciten entre las partes y, de esta forma, evitar la judicialización de procesos.
El interés que la nueva ley tiene para la presente nota es limitado. No nos cuestionamos problemas competenciales —trabajo en gran parte baldío— ni tampoco pretendemos ir más allá en la crítica del sistema empachoso, abrumador, de información precontractual, que duplica —pero a peor— los estándares de cumplimiento de la Orden EHA/2899/2011, creando serios problemas por la perplejidad de simultáneos e irreconciliables estándares normativos. Tampoco comentaré el impacto que puede tener en el mercado que sea una administración autonómica la que asume la competencia de transponer el régimen de «evaluación de solvencia» en la contratación hipotecaria, que forzosamente ha de acometer el Estado cuando decida implantar la Directiva 2014/17 UE, y precisamente en el cuerpo de la Ley Hipotecaria (LH)…

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Las ejecuciones hipotecarias y el nuevo Código de Consumo de Cataluña

Tipología

Análisis