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Los “side pockets” o compartimentos de propósito especial

icon 20 de junio, 2010
De nuevo, con el argumento de la crisis financiera de fondo, nos encontramos con una importante reforma en el sector al objeto de coadyuvar a solucionar algunos de los problemas que la citada crisis plantea, en este caso, sobre el activo de las instituciones de inversión colectiva. A tal fin, se ha publicado el Real Decreto 749/2010, de 7 de junio, por el que se modifica el Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva (BOE de 8 de junio). Por otro lado, la reforma del Reglamento afecta a varias cuestiones, porque se realiza para introducir mejoras que «permitan mayor flexibilidad en la actuación de estas figuras de inversión, sin menoscabar la protección del inversor». Sin embargo, conviene fijar nuestra atención en los denominados compartimentos de propósito especial, conocidos en la práctica internacional como «sidepockets».1. De manera semejante a como ocurre en otros países comunitarios, vía legislación o práctica, el side pocket se utiliza cada vez con mayor frecuencia como mecanismo que permite aislar los activos más ilíquidos o difíciles de valorar del resto de la cartera, con lo que se protege el interés de los partícipes que permanecen en la institución de inversión colectiva frente a aquellos que deseen salir. Se trata, por tanto de un instrumento al servicio de la protección del interés de los partícipes ante situaciones de iliquidez o de dificultad de valoración de los activos que integran las carteras de las citadas instituciones de inversión colectiva (V., GONZÁLEZ DE EUGENIO, J.I., «La regulación de los sidepockets en España», RMV núm. 6, 2010, pp. 215 y ss.)…

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Los “side pockets” o compartimentos de propósito especial

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Análisis