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Los centros en que se realizan tratamientos de terapia natural son centros sanitarios sujetos a la obtención de autorización sanitaria

icon 10 de febrero, 2022
El Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso) —en su Sentencia núm. 1310/2021, de 3 de noviembre de 2021 (ECLI:ES:TS:2021:3993)— ha analizado si los centros en que se realizan tratamientos de terapia natural —osteopatía, quiropraxia, quiromasaje y acupuntura—, pueden ser considerados como centros sanitarios sujetos a la obtención de la preceptiva autorización sanitaria que contempla el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre. Según el alto tribunal, «se trata de centros sanitarios, aunque presten servicios que no respondan a los propios de la ortodoxia médica, sino a la denominada medicina alternativa o no convencional, pero que tienen una indudable finalidad terapéutica, pues aplican remedios para el tratamiento de enfermedades o de dolencias».

Autor/es

Ángel García Vidal – Consejo Académico

Tipología

Actualidad Jurídica