Volver a Publicaciones
PUBLICACIÓN
Los nuevos umbrales de los contratos públicos SARA a partir del 1 de enero de 2020
7 de enero, 2020
En el Diario Oficial de la Unión Europea de 31 de octubre de 2019 se publicaron tres Reglamentos delegados mediante los que se modificaron las Directivas relativas a contratación pública en lo que concierne a sus umbrales de aplicación en materia de adjudicación de los contratos, siendo los nuevos umbrales aplicables a partir del 1 de enero de 2020.
Si bien los Reglamentos son normas de aplicación directa, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado los nuevos umbrales mediante esta Orden (según lo previsto en las leyes de contratación pública), con el fin de facilitar su conocimiento y de concretar las modificaciones que suponen en la legislación española.
1.- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
a) Para los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios: la cifra de 548.000 euros se sustituye por la de 5.350.000 euros en los artículos 20.1; 23.1.a) —contratos subvencionados de obras— y 318 b).
b) Para los contratos de suministros y de servicios:
a. La cifra de 221.000 euros se sustituye por la de 214.000 euros en los artículos 21.1.b); 22.1.b); 23.1.b) —contratos subvencionados de servicios— y 318.b).
b. La cifra la de 144.000 euros se sustituye por la de 139.000 euros en los artículos 21.1.a) y 22.1.a).
2.- Ley 31/2007, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
a) Para los contratos de obras: la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por la de 5.350.000 euros en el artículo 16, letra b).
b) Para los contratos de suministro y servicios: la cifra de 443.000 euros se sustituye por la de 428.000 euros en los artículos 16.a) y 95.1.
3.- Ley 24/2011, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.
a) Para los contratos de obras: la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por la de 5.350.000 euros en el artículo 5, letra b).
b) Para los contratos de suministros y de servicios: la cifra de 443.000 euros se sustituye por la de 428.000 euros en el artículo 5, letra a).
Si bien los Reglamentos son normas de aplicación directa, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado los nuevos umbrales mediante esta Orden (según lo previsto en las leyes de contratación pública), con el fin de facilitar su conocimiento y de concretar las modificaciones que suponen en la legislación española.
1.- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
a) Para los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios: la cifra de 548.000 euros se sustituye por la de 5.350.000 euros en los artículos 20.1; 23.1.a) —contratos subvencionados de obras— y 318 b).
b) Para los contratos de suministros y de servicios:
a. La cifra de 221.000 euros se sustituye por la de 214.000 euros en los artículos 21.1.b); 22.1.b); 23.1.b) —contratos subvencionados de servicios— y 318.b).
b. La cifra la de 144.000 euros se sustituye por la de 139.000 euros en los artículos 21.1.a) y 22.1.a).
2.- Ley 31/2007, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
a) Para los contratos de obras: la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por la de 5.350.000 euros en el artículo 16, letra b).
b) Para los contratos de suministro y servicios: la cifra de 443.000 euros se sustituye por la de 428.000 euros en los artículos 16.a) y 95.1.
3.- Ley 24/2011, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.
a) Para los contratos de obras: la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por la de 5.350.000 euros en el artículo 5, letra b).
b) Para los contratos de suministros y de servicios: la cifra de 443.000 euros se sustituye por la de 428.000 euros en el artículo 5, letra a).
Autor/es
Blanca Lozano – Consejera Académica
Tipología
Actualidad Jurídica
Áreas y sectores