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Los operadores de telecomunicaciones deberán adoptar y financiar las medidas para evitar interferencias en la TDT

icon 2 de marzo, 2015
El BOE del sábado, 28 de febrero publica la Orden IET/329/2015, de 26 de febrero, por la que se establecen las actuaciones que deben realizar los operadores prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas móviles en la banda del dividendo digital para garantizar que la puesta en servicio de las estaciones emisoras en dicha banda no afecte a las condiciones existentes de recepción del servicio de televisión.Tras la realización de pruebas técnicas, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha comprobado que en determinadas situaciones los servicios de comunicaciones electrónicas pueden afectar negativamente a la recepción del servicio de televisión digital terrestre (TDT), que es posible identificar las principales áreas en las que es más probable la existencia de interferencias en función del tipo de instalación de recepción de televisión y que estas interferencias pueden prevenirse y solucionarse, en particular mediante la instalación de filtros. Por ello, con el objetivo de evitar que los servicios de comunicaciones electrónicas prestados en la banda de frecuencias de 800 MHz (dividendo digital) causen interferencias al servicio de radiodifusión de televisión que se continúa prestando en la banda de frecuencias adyacente inferior (470-790MHz), la Orden IET/329/2015, de 26 de febrero, obliga a los operadores de comunicaciones electrónicas móviles en la banda del dividendo digital a adoptar diversas medidas para garantizar que la puesta en servicio de las estaciones emisoras en dicha banda no afecte a las condiciones existentes de recepción del servicio de televisión…

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Los operadores de telecomunicaciones deberán adoptar y financiar las medidas para evitar interferencias en la TDT

Autor/es

Ana Isabel Mendoza Losana

Tipología

Análisis