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Los tribunales exigen el aviso previo como condición de validez cuando no hay acceso efectivo a la notificación en la sede electrónica

icon 25 de noviembre, 2025

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia 396/2025 anula un embargo por indefensión al omitirse el aviso previo en la notificación electrónica de la providencia de apremio. Esta sentencia sigue la línea de otros pronunciamientos judiciales que interpretan que la falta de aviso provoca indefensión y determina la invalidez de la notificación practicada, salvo que el interesado haya accedido a la notificación en la sede electrónica habilitada.

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Autor/es

Blanca Lozano – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Blanca Lozano
Blanca Lozano
Consejera Académica
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Blanca Lozano
Blanca Lozano
Consejera Académica
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