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¿Matiza el Tribunal Supremo algunos aspectos de la nota informativa de la AEAT sobre vehículos de uso mixto cedidos a empleados?

icon 5 de marzo, 2024
El TS determina que la cesión por parte de la empresa del uso de un vehículo afectado a la actividad para el uso particular de un empleado, a título gratuito, es una operación no sujeta al IVA, aunque por tal bien se hubiere deducido, también en el porcentaje de la cesión, el IVA soportado en la compra o arrendamiento del vehículo.

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Autor/es

Núria Vila – Counsel

Pilar Álvarez – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal