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PUBLICACIÓN

No cabe atribuir poder para subsanar la certificación de acuerdos sociales

icon 4 de junio, 2019
Las certificaciones de los acuerdos sociales deberán ser expedidas, bajo su responsabilidad, por las personas indicadas en el artículo 109 RRM, precepto que ha de ser aplicado con rigor y desde una interpretación estricta.

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Autor/es

Alberto Díaz – Consejo Académico

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Mercantil