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No es abusiva la convocatoria de varias huelgas a la vez por sujetos distintos en la misma empresa

icon 26 de septiembre, 2017
1. Lo expresado en el resumen es la conclusión alcanzada en la Sentencia de la Audiencia Na-cional de 18 de julio del 2017 (Ar. 206873). La falta de acuerdo en la negociación del Convenio Colectivo provoca la promoción por cada sindicato de una huelga distinta en la empresa, aunque los objetivos sean idénticos y se fije el mismo día para su ejecución. Cada sindicato constituye su propio comité de huelga, lo que supone en la práctica el nombramiento de cuarenta y tres miembros en total. En estas circunstancias, la empresa considera que esta actuación implica un manifiesto abuso de derecho y fraude de ley, puesto que, en realidad, lo que se está realizando es una única huelga, siendo revelador que en su desarrollo los cinco sindicatos actúen de forma unitaria emitiendo comunicados conjuntos. Cuando la empresa requiere a los sindicatos para que nombren un comité de huelga único o, en su defecto, una comisión delegada de todos ellos, no obtiene respuesta…

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No es abusiva la convocatoria de varias huelgas a la vez por sujetos distintos en la misma empresa

Autor/es

Lourdes López – Consejera Académica

Tipología

Análisis