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PUBLICACIÓN

Noticias trimestrales sobre competencia, volumen 18 (2012)

icon 27 de enero, 2012
1. Los actos de competencia desleal relacionados directamente con los precios

La Ley 3/1991, de Competencia Desleal (LDC) establece tres tipos de ilícitos concurrenciales directamente relacionados con los precios: discriminación, explotación de la situación de dependencia económica y venta con pérdida.

1.1. Discriminación

Los actos de discriminación se regulan en el artículo 16.1 en los siguientes términos: «… el tratamiento discriminatorio del consumidor en materia de precios y demás condiciones de venta se reputará desleal, a no ser que medie causa justificada».

La discriminación consiste en tratar de manera diferente a quienes se encuentran en igualdad de condiciones. La discriminación encierra en sí misma un elemento de injusticia que es el que determina su calificación como acto de competencia desleal, por lo que sorprende que la norma legal establezca que la discriminación sólo será desleal cuando no medie una causa que la justifique. Con esta redacción el legislador probablemente ha querido disipar cierta confusión existente en el mundo comercial que se traduce en considerar como discriminatoria la simple aplicación de precios diferentes, sin tener en cuenta que dicha calificación sólo podrá darse cuando los destinatarios de la conducta se encuentren en situaciones equivalentes (así, por ejemplo, no será discriminatorio aplicar distintos precios en función de los plazos de pago o del pago al contado y el pago con tarjeta de crédito).

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