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PUBLICACIÓN

Pago de autoliquidación extemporánea previo a la resolución de la solicitud de aplazamiento: interpretación del art. 27.5 LGT

icon 11 de noviembre, 2020
Reducción del recargo ―ex art. 27.5 LGT― cuando se ingresa la deuda resultante de una autoliquidación voluntaria extemporánea antes de que se resuelva la solicitud del aplazamiento de pago presentada con ofrecimiento de garantía distinta del aval o certificado de seguro de caución.

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Autor/es

Pilar Álvarez – Consejo Académico

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal