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Parcelación urbanística ilegal y división horizontal

icon 15 de octubre, 2018
El artículo 26 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, impone a notarios y registradores, en la autorización e inscripción de escrituras de segregación o división de fincas, la acreditación documental de la conformidad, aprobación o autorización administrativa a que esté sujeta, en su caso, la división o segregación conforme a la legislación que le sea aplicable.

La Resolución de la Dirección General de Registros y Notariado de fecha 10 de septiembre del 2018 distingue entre distintas clases de propiedad horizontal para determinar cuándo se entiende que existe un acto de segregación o división y, en tal caso, se exige la autorización administrativa para inscribir la obra nueva.

Concretamente, diferencia entre a) los complejos inmobiliarios donde existe una organización unitaria de la propiedad con elementos de propiedad privativa y servicios o elementos de uso común, y b) la propiedad horizontal tumbada en la que se mantiene la unidad jurídica y funcional de la finca, al permanecer el suelo y el vuelo como elementos comunes, sin que haya división o fraccionamiento jurídico del terreno que pueda calificarse de parcelación.

Pues bien, se equiparan a parcelación a los efectos de exigir para su inscripción la correspondiente licencia municipal para su inscripción en el Registro de la Propiedad: a) la formación de nuevas fincas que pasan a ser elementos privativos en un complejo inmobiliario; b) supuestos en los que se produzcan asignaciones de uso exclusivo de los elementos comunes de la finca, y c) participaciones indivisas que den derecho a la utilización exclusiva de una porción concreta de finca.

Por el contrario, declarada e inscrita la obra nueva terminada y dividida la edificación resultante en régimen de propiedad horizontal sin que de dicha división resulte, directa o indirectamente, la constitución de un complejo inmobiliario u operación jurídica alguna de la que pueda resultar una parcelación o fraccionamiento del suelo, no se exigirá licencia a efectos de inscripción.

Tipología

Actualidad Jurídica

Áreas y sectores

Inmobiliario