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PUBLICACIÓN
Prohibición de prácticas comerciales que suponen medidas de bloqueo y de ralentización del tráfico en Internet
4 de noviembre, 2020
En su Sentencia de 15 de septiembre de 2020, C 807/18 y C 39/19, Telenor Magyarország Zrt, ECLI:EU:C:2020:708, el Tribunal de Justicia ha examinado la legalidad de una práctica comercial de un operador del sector de las TIC, consistente en ofrecer paquetes de acceso a Internet que permiten adquirir un volumen de datos que se pueden utilizar sin restricciones hasta que se agote, disfrutando de acceso libre a las aplicaciones y a los servicios disponibles, sin que compute a efectos del cálculo de este volumen de datos la utilización de aplicaciones determinadas de comunicación en línea. Una vez agotado dicho volumen de datos, los abonados al mismo pueden continuar utilizando sin restricciones estas seis aplicaciones determinadas, mientras que las demás aplicaciones y servicios disponibles quedan sujetos a medidas de bloqueo o ralentización del tráfico.
Pues bien, según el Tribunal de Justicia estas prácticas comerciales son incompatibles con el Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas en relación con el acceso a una Internet abierta y se modifica la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y el Reglamento (UE) n.º 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión, «dado que estos paquetes, estos acuerdos y estas medidas de bloqueo o de ralentización limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales», y «dado que dichas medidas de bloqueo o de ralentización se basan en consideraciones comerciales».
Pues bien, según el Tribunal de Justicia estas prácticas comerciales son incompatibles con el Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas en relación con el acceso a una Internet abierta y se modifica la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y el Reglamento (UE) n.º 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión, «dado que estos paquetes, estos acuerdos y estas medidas de bloqueo o de ralentización limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales», y «dado que dichas medidas de bloqueo o de ralentización se basan en consideraciones comerciales».
Autor/es
Ángel García Vidal – Consejero Académico
Tipología
Actualidad Jurídica