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PUBLICACIÓN
Real Decreto Ley 4/2013: ampliación del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores
19 de marzo, 2013
1. Ampliación del mecanismo para el pago a proveedores a Administraciones y contratos no incluidos en su primera fase
El mecanismo de pago y cancelación de deudas con proveedores de las entidades locales y las comunidades autónomas, regulado por los reales decretos leyes 4/2012 y 7/2012, arbitra un sistema de carácter excepcional para contribuir a la recuperación de la economía española, permitiendo que mediante un sistema de financiación instrumentado por una entidad estatal -el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores (FFPP)-, se proceda directamente al pago de las facturas pendientes a 1 de enero de 2012 de corporaciones locales y Comunidades Autónomas.El FFPP se subroga en los derechos de cobro frente a estas Administraciones, que podrán concertar para su pago una operación de endeudamiento a largo plazo siempre que hayan elaborado y se haya aprobado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un plan de ajuste que, además de previsiones para el pago de la deuda y medidas de disciplina fiscal, puede incluir determinadas reformas estructurales y medidas de reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas.
Se consigue, de esta forma, un doble dividendo: inyectar dinero en la Economía, evitando la asfixia económica de muchas empresas como consecuencia de la morosidad de las Administraciones Públicas, y procurar que éstas adopten medidas de ajuste presupuestario y disciplina del gasto.
El mecanismo de pago y cancelación de deudas con proveedores de las entidades locales y las comunidades autónomas, regulado por los reales decretos leyes 4/2012 y 7/2012, arbitra un sistema de carácter excepcional para contribuir a la recuperación de la economía española, permitiendo que mediante un sistema de financiación instrumentado por una entidad estatal -el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores (FFPP)-, se proceda directamente al pago de las facturas pendientes a 1 de enero de 2012 de corporaciones locales y Comunidades Autónomas.El FFPP se subroga en los derechos de cobro frente a estas Administraciones, que podrán concertar para su pago una operación de endeudamiento a largo plazo siempre que hayan elaborado y se haya aprobado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un plan de ajuste que, además de previsiones para el pago de la deuda y medidas de disciplina fiscal, puede incluir determinadas reformas estructurales y medidas de reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas.
Se consigue, de esta forma, un doble dividendo: inyectar dinero en la Economía, evitando la asfixia económica de muchas empresas como consecuencia de la morosidad de las Administraciones Públicas, y procurar que éstas adopten medidas de ajuste presupuestario y disciplina del gasto.
Real Decreto Ley 4/2013: ampliación del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores
Autor/es
Irene Fernández Puyol – Socia
Blanca Lozano – Consejera Académica
Tipología
Análisis