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Régimen especial aplicable a las operaciones de reestructuración empresarial

icon 11 de diciembre, 2014
Tras la publicación de la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, se han incorporado determinadas novedades en relación al régimen fiscal especial aplicable a las operaciones de reestructuración (en adelante, el «Régimen Especial de Diferimiento»), que surtirán efecto a partir del próximo 1 de enero de 2015.
En primer lugar, y como principal novedad, el Régimen Especial de Diferimiento pasa a configurarse como el régimen aplicable por defecto a las operaciones de reestructuración empresarial, salvo que se comunique la renuncia a dicho régimen. En efecto, seguirá siendo obligatorio comunicar la realización de este tipo de operaciones a la Administración Tributaria, configurándose ahora la omisión de dicha comunicación como una infracción tributaria grave, con una sanción de 10.000 euros por operación no comunicada…

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Régimen especial aplicable a las operaciones de reestructuración empresarial

Autor/es

Área de Fiscal de Gómez-Acebo & Pombo

Tipología

Boletines