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Repercusión de la normativa sobre saneamiento financiero en las Cajas de Ahorros

icon 15 de febrero, 2012
El Título III del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero (BOE del 4; c. de e. en BOE del 15), establece una serie de importantes novedades en el régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. Para ello, se modifica el Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, del siguiente modo:

1. Se simplifica la estructura de las Cajas de Ahorros que realizan su actividad de forma indirecta, al quedar reducida a la Asamblea General y al Consejo de administración, mientras que la Comisión de Control pasa a tener un mero carácter potestativo. En el caso de la Asamblea, el Real Decretoley sintetiza su funcionamiento, periodicidad y forma de convocatoria, y lo hace asimilando el régimen al de las sociedades de capital (asamblea ordinaria y extraordinaria; celebración anual de la ordinaria; publicación del anuncio de la convocatoria en el BORME y en la página web de la Caja, o bien por otro procedimiento de comunicación individual y escrita, que asegure la recepción del anuncio al consejero; quorum de constitución en primera y segunda convocatoria); mientras que para el del Consejo de administración, se hace una remisión a los estatutos para que sea éste el lugar donde se determine el número de sus miembros, así como la periodicidad de sus sesiones.

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